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Mostrando entradas de julio, 2016

Tratamiento Individual Básico

ART 5 El tratamiento debe ser programado e individualizado. Se hará hincapié en aquella herramienta que ha de lograr la reinserción. Herramientas Promoción a la educación ( actividades informales o formales) promoción laboral (inserción en el mercado laboral, adquirir hábitos laborales) promoción social (vinculación o reinvinculación con la familia) promoción de salud( física, psíquica: recibir medicamentos, tratamientos)  En función a las características y orden de delitos cometidos se hace hincapié en la herramienta para lograr la finalidad. Cárcel→sistema federal→Capital federal →condenados  tratamiento individual se da en el régimen penitenciario  progresivo. Sistema que de etapas muy rígidas va pasando a etapas mas flexibles conforme a la evolución del condenado.  acreditación de la evolución: el programa tiene como objetivo escolarizar, oficio, otros. El condenado deberá cumplir  con esos objetivos para ver si evoluciona de lo contrario queda estancado.  ET

Libertad Condicional

Es un derecho penal (naturaleza jurídica) habiendo cumplido con los requisitos  accede al Derecho de recibir la libertad condicional, lo cual es un beneficio. ART 13, permiten al condenado cumplir parte de la pena en libertad condicional o vigilada. No implica reducción de la pena. Requisitos: Exigencia temporal: un tiempo de la pena en el sistema carcelario. menos de 3 años, 8 meses. mas de 3 años, dos tercios ejemplo 9 años, 6 años. perpetua, antes 20, ahora 35 El condenado debe haber observado los reglamentos carcelarios buen pronostico: Conducta y concepto Sin sanciones Excepciones: Condenado reincidente art14 revocado. no se vuelve a dar. art 17 Condiciones: Fijar reincidencia de un lugar No cometer nuevos delitos No juntarse con determinada gente Si no cumple se le revoca la libertar condicional, la cual es un DERECHO de naturaleza jurídica habiendo cumplido los requisitos.  Conmutación: pena se reduce. 5 a 3 años por el poder ejecutivo provincial

Pena privativa de libertad

Describe el hecho de privar libertad a alguien, describe de que forma se debe cumplir una pena. Existe la posibilidad legal de que por más que alguien cometa un delito sea culpable y condenado con pena privativa de la libertad, no sea privado. ART 1 FINALIDAD DE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD: la ejecución de la pena tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad. El régimen penitenciario deberá utilizar todos los medios de tratamiento interdisciplinario que resulte apropiados para la finalidad enunciada. La ejecución de la pena estará sometida al permanente control judicial. ART 26. CONDENA EN SUSPENSO: Implica que a pesar de ser encontrado el imputado responsable del hecho cometido el cumplimiento efectivo de la pena queda en suspenso. No se efectiviza la detención del condenado. Requisitos:  Primera condena a prisión (excluye mul

Ley de fondo N°22278

Derecho penal:  Conjunto de normas que prohíben conductas que amenazan con castigar a aquellas personas que realizan esos actos. Limite a la capacidad que tiene el estado de imponer castigos y determinar que conducta son prohibidas y cuales no. La ley de Talión impone un limite al poder de castigar, reprimir conductas y sancionar. La norma superior es la Constitución, luego en la base de la pirámide se encuentran las leyes, normas y ahí esta la Convención. Delito: Infracción antijuridica, tipicidad (escrita en la ley penal delito) y culpabilidad (la persona que cometió el delito tiene que ser consciente para poder castigarlo). 0-16 → No punibles. No pueden ser procesados ni penados, no tienen aptitud para ser responsabilizados, se les da protección. Ley tutelar, se los protege, se los puede internar para protegerlos. El juez podrá disponer de él si se encuentra en peligro (sin padres). Institucionalización  privando de la libertad (sanción). 16-18 → Punibilidad relativa. Sanci